Bueno, siento deciros esto, pero he estudiado DERECHO y esto no funciona así. Lo único que se gana con esto es tiempo, y para ser exacto es un tiempo muy reducido: 5 años a lo sumo. ¿Por qué esta cantidad de años? Son los años hasta que tienen que pasar para que (en definitiva, sin meteros chapa) se pueda rescindir por parte del Banco (que ya es "nudo propietario") el contrato de arrendamiento del que se ha convertido en "arrendador".
Pues nada, es poco tiempo, pero para algun tiempo puede tener su validez: Nunca de por vida.
1 saludo.
#53 #53 dgfpardo dijo: Bueno, siento deciros esto, pero he estudiado DERECHO y esto no funciona así. Lo único que se gana con esto es tiempo, y para ser exacto es un tiempo muy reducido: 5 años a lo sumo. ¿Por qué esta cantidad de años? Son los años hasta que tienen que pasar para que (en definitiva, sin meteros chapa) se pueda rescindir por parte del Banco (que ya es "nudo propietario") el contrato de arrendamiento del que se ha convertido en "arrendador".
Pues nada, es poco tiempo, pero para algun tiempo puede tener su validez: Nunca de por vida.
1 saludo.joder, 5 años no es poco tiempo. lo mires como lo mires.
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legalEspera, es cierto? estas de coña? xD
y puedes explicar o pasar un link donde este explicado?
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legalvale pero aqui se han saltado la parte de q te embargan el resto de tus propiedades hasta pagar aunq no esten puestas en el contrato por que aqui pasamos de las leyes del contrato a las del derecho civil, de modo quelo vas a pagar de todas formas y sino a la carcel. Todo esto lo se xq estoy en 2o año de derecho en la uni de navarra
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legalesto no es posible...se llama contrato frudulento
es similar al alzamiento de bienes. con un abogado el banco demostraria el fraude y punto
creeis que si fuese realmente posible no lo haria todo el mundo??
#53 #53 dgfpardo dijo: Bueno, siento deciros esto, pero he estudiado DERECHO y esto no funciona así. Lo único que se gana con esto es tiempo, y para ser exacto es un tiempo muy reducido: 5 años a lo sumo. ¿Por qué esta cantidad de años? Son los años hasta que tienen que pasar para que (en definitiva, sin meteros chapa) se pueda rescindir por parte del Banco (que ya es "nudo propietario") el contrato de arrendamiento del que se ha convertido en "arrendador".
Pues nada, es poco tiempo, pero para algun tiempo puede tener su validez: Nunca de por vida.
1 saludo.Pues con 5 años de retraso que consigas reumes lo suficiente para pagar el embargo.
#53 #53 dgfpardo dijo: Bueno, siento deciros esto, pero he estudiado DERECHO y esto no funciona así. Lo único que se gana con esto es tiempo, y para ser exacto es un tiempo muy reducido: 5 años a lo sumo. ¿Por qué esta cantidad de años? Son los años hasta que tienen que pasar para que (en definitiva, sin meteros chapa) se pueda rescindir por parte del Banco (que ya es "nudo propietario") el contrato de arrendamiento del que se ha convertido en "arrendador".
Pues nada, es poco tiempo, pero para algun tiempo puede tener su validez: Nunca de por vida.
1 saludo.Al menos son 5 años!!!
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legalya nos gustaría... estudio derecho y os puedo asegurar que este fraude ya se intentaba en Roma hace 2000 años: antes de pagar la deuda el deudor donaba (en este caso alquila por un euro) todas sus posesiones a un amigo o familiar.
En derecho civil existe una acción, la acción pauliana, que permite al banco (acreedor) anular un contrato si prueba que el objetivo de este es provocar en el deudor una situación de quiebra que haga imposible cobrarle la deuda, en este caso es muy evidente.
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legaleso no es legal pues lo estarás haciendo fraudulentamente, es como si antes de que te lo embarguen le pasas la propiedad a otro. No son contratos válidos y se anularan.
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legal¿perdona? los contratos ahora no son como los de antes... ahora se renuevan periódicamente y esas cosas... a los 5 años a lo sumo si no te quieren renovar y no tienen pensado alquilarlo te vas a la calle... anda que no
#53 #53 dgfpardo dijo: Bueno, siento deciros esto, pero he estudiado DERECHO y esto no funciona así. Lo único que se gana con esto es tiempo, y para ser exacto es un tiempo muy reducido: 5 años a lo sumo. ¿Por qué esta cantidad de años? Son los años hasta que tienen que pasar para que (en definitiva, sin meteros chapa) se pueda rescindir por parte del Banco (que ya es "nudo propietario") el contrato de arrendamiento del que se ha convertido en "arrendador".
Pues nada, es poco tiempo, pero para algun tiempo puede tener su validez: Nunca de por vida.
1 saludo.pero que mas daaaaaaaaaaaaaa!!! es la trollscience, nunca tiene sentido!! xD
#64 #64 idr dijo: #3 vale pero aqui se han saltado la parte de q te embargan el resto de tus propiedades hasta pagar aunq no esten puestas en el contrato por que aqui pasamos de las leyes del contrato a las del derecho civil, de modo quelo vas a pagar de todas formas y sino a la carcel. Todo esto lo se xq estoy en 2o año de derecho en la uni de navarraCierto solo que es tan sencillo como haberte desecho de tus propiedades antes (muy probablemente un coche, que es el caso de esas personas que pierden el hogar y tal, luego estan los que se compraron 14 pisos y ara se los comen, pero la trollsince esta va dedicada a los que viven como humanamente pueden) Y una vez en ese punto, si te quieren embargar de por vida, nunca te podran quitar mas de un bajo porcentaje de tu sueldo. Esa cantidad probablemente sea inferior a la cuota que tenias de hipoteca Y ese embargo no te meten todos los impuestos que meten los bancos :) jamas te daran un credito, pero si mas gente lo hiciera los bancos aprenderian la leccion.
Le he preguntado a mi hermana que entiende de temas de estos y dice que puede pasar, que es legal siempre que la persona a la que se le alquila el contrato sea ajena a la familia
#97 #97 Este comentario se ha eliminado ya que no cumplía con las normas de uso de la página.Lo que también es verdad es que tendrías que subir un poco el precio del alquiler... como 200€ mensuales, para que no se considerase fraude de ley xD
#64 #64 idr dijo: #3 vale pero aqui se han saltado la parte de q te embargan el resto de tus propiedades hasta pagar aunq no esten puestas en el contrato por que aqui pasamos de las leyes del contrato a las del derecho civil, de modo quelo vas a pagar de todas formas y sino a la carcel. Todo esto lo se xq estoy en 2o año de derecho en la uni de navarraEl tema es que hay que diferenciar entre propiedad y posesión. La propiedad es tuya, pero debes al Banco una suma de dinero que no puedes pagar, y con la dancion del bien no sirve (pues el bien, es decir, la casa, ha visto reducido su valor). Por lo tanto, te embargan la casa. Hasta aquí estoy de acuerdo contigo. Ahora bien, la LAU no va a permitir que ese contrato imposibilite al nuevo propietario (vease, Banco) disfrutar de su propiedad, por lo que ese contrato que tuvo el anterior arrendatario (es decir, el que ha alquilado por 1 €) se tendrá que mantener por un plazo (creo 5 años). Opinión personal: No se tendrá ni que esperar este plazo, pues al contrato le falta un elemento fundamental: La causa. Es una de las alegaciones que harán los Bancos en los juicios.
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legalPoco más que añadir a lo dicho por los usuarios de arriba, (aunque entiendo el humor de la viñeta) el que alquila y debe al banco estaría actuando dolosa o fraudulentamente y al acreedor (banco) le sería muy fácil demostrarlo y embargar la casa, en Roma se hacía entonces un embargo del tipo "missio bonorum" (por las malas).
Los contratos de alquiler son como maximo de 5 años ... pd: estoy con #9 #9 fanty95 dijo: ¡Donde coño están los imanes! :yuno:Donde coño estan los imanes! !
#67 #67 jsvs dijo: #3 esto no es posible...se llama contrato frudulento
es similar al alzamiento de bienes. con un abogado el banco demostraria el fraude y punto
creeis que si fuese realmente posible no lo haria todo el mundo??En serio crees que todo el mundo esta al corriente de esto?
Como broma para trollscience está bien.
Pero si alguien está pensando en hacerlo NO SIRVE. El banco denunciaría, el juez dictaminaría que ha habido "mala fe" y casa para el banco además de tener que pagar los costes del juicio.
No hagáis casos a emails en cadena y posts de facebook de este estilo que luego vienen las decepciones...
Comentarios Ordenar por mejores comentarios Ordenar cronológicamente
17 feb 2012, 00:17
Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legal
17 feb 2012, 00:44
#9 #9 fanty95 dijo: ¡Donde coño están los imanes! :yuno:
Pegas el contrato en la nevera con imanes
17 feb 2012, 00:24
Bueno, siento deciros esto, pero he estudiado DERECHO y esto no funciona así. Lo único que se gana con esto es tiempo, y para ser exacto es un tiempo muy reducido: 5 años a lo sumo. ¿Por qué esta cantidad de años? Son los años hasta que tienen que pasar para que (en definitiva, sin meteros chapa) se pueda rescindir por parte del Banco (que ya es "nudo propietario") el contrato de arrendamiento del que se ha convertido en "arrendador".
Pues nada, es poco tiempo, pero para algun tiempo puede tener su validez: Nunca de por vida.
1 saludo.
17 feb 2012, 00:18
¡Donde coño están los imanes!
17 feb 2012, 07:36
#53 #53 dgfpardo dijo: Bueno, siento deciros esto, pero he estudiado DERECHO y esto no funciona así. Lo único que se gana con esto es tiempo, y para ser exacto es un tiempo muy reducido: 5 años a lo sumo. ¿Por qué esta cantidad de años? Son los años hasta que tienen que pasar para que (en definitiva, sin meteros chapa) se pueda rescindir por parte del Banco (que ya es "nudo propietario") el contrato de arrendamiento del que se ha convertido en "arrendador".
Pues nada, es poco tiempo, pero para algun tiempo puede tener su validez: Nunca de por vida.
1 saludo.joder, 5 años no es poco tiempo. lo mires como lo mires.
17 feb 2012, 00:28
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legalEspera, es cierto? estas de coña? xD
y puedes explicar o pasar un link donde este explicado?
17 feb 2012, 00:19
¿Quien decia que la troll sciense no funcionaba? :troll:
17 feb 2012, 00:33
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legalvale pero aqui se han saltado la parte de q te embargan el resto de tus propiedades hasta pagar aunq no esten puestas en el contrato por que aqui pasamos de las leyes del contrato a las del derecho civil, de modo quelo vas a pagar de todas formas y sino a la carcel. Todo esto lo se xq estoy en 2o año de derecho en la uni de navarra
17 feb 2012, 00:35
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legalesto no es posible...se llama contrato frudulento
es similar al alzamiento de bienes. con un abogado el banco demostraria el fraude y punto
creeis que si fuese realmente posible no lo haria todo el mundo??
17 feb 2012, 08:49
#53 #53 dgfpardo dijo: Bueno, siento deciros esto, pero he estudiado DERECHO y esto no funciona así. Lo único que se gana con esto es tiempo, y para ser exacto es un tiempo muy reducido: 5 años a lo sumo. ¿Por qué esta cantidad de años? Son los años hasta que tienen que pasar para que (en definitiva, sin meteros chapa) se pueda rescindir por parte del Banco (que ya es "nudo propietario") el contrato de arrendamiento del que se ha convertido en "arrendador".
Pues nada, es poco tiempo, pero para algun tiempo puede tener su validez: Nunca de por vida.
1 saludo.Pues con 5 años de retraso que consigas reumes lo suficiente para pagar el embargo.
17 feb 2012, 10:14
#53 #53 dgfpardo dijo: Bueno, siento deciros esto, pero he estudiado DERECHO y esto no funciona así. Lo único que se gana con esto es tiempo, y para ser exacto es un tiempo muy reducido: 5 años a lo sumo. ¿Por qué esta cantidad de años? Son los años hasta que tienen que pasar para que (en definitiva, sin meteros chapa) se pueda rescindir por parte del Banco (que ya es "nudo propietario") el contrato de arrendamiento del que se ha convertido en "arrendador".
Pues nada, es poco tiempo, pero para algun tiempo puede tener su validez: Nunca de por vida.
1 saludo.Al menos son 5 años!!!
17 feb 2012, 09:54
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legalya nos gustaría... estudio derecho y os puedo asegurar que este fraude ya se intentaba en Roma hace 2000 años: antes de pagar la deuda el deudor donaba (en este caso alquila por un euro) todas sus posesiones a un amigo o familiar.
En derecho civil existe una acción, la acción pauliana, que permite al banco (acreedor) anular un contrato si prueba que el objetivo de este es provocar en el deudor una situación de quiebra que haga imposible cobrarle la deuda, en este caso es muy evidente.
17 feb 2012, 00:38
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legaleso no es legal pues lo estarás haciendo fraudulentamente, es como si antes de que te lo embarguen le pasas la propiedad a otro. No son contratos válidos y se anularan.
17 feb 2012, 00:22
puede funcionar!!!!!!
pero, quien tiene una casa en estos tiempos
17 feb 2012, 00:19
Eso si es un , lo demas son gilipolleces.
17 feb 2012, 00:53
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legal¿perdona? los contratos ahora no son como los de antes... ahora se renuevan periódicamente y esas cosas... a los 5 años a lo sumo si no te quieren renovar y no tienen pensado alquilarlo te vas a la calle... anda que no
17 feb 2012, 00:19
un trollscience que funciona
17 feb 2012, 01:46
#9 #9 fanty95 dijo: ¡Donde coño están los imanes! :yuno:los imanes? los imanes se los tiras al banquero a la cara, bien grandes, que le duela
17 feb 2012, 01:20
#53 #53 dgfpardo dijo: Bueno, siento deciros esto, pero he estudiado DERECHO y esto no funciona así. Lo único que se gana con esto es tiempo, y para ser exacto es un tiempo muy reducido: 5 años a lo sumo. ¿Por qué esta cantidad de años? Son los años hasta que tienen que pasar para que (en definitiva, sin meteros chapa) se pueda rescindir por parte del Banco (que ya es "nudo propietario") el contrato de arrendamiento del que se ha convertido en "arrendador".
Pues nada, es poco tiempo, pero para algun tiempo puede tener su validez: Nunca de por vida.
1 saludo.pero que mas daaaaaaaaaaaaaa!!! es la trollscience, nunca tiene sentido!! xD
17 feb 2012, 00:19
A quien se le ocurren estas ideas?
17 feb 2012, 00:24
Maximum putada cuando se descubra que eres tu el que vive en esa casa
De porvida en la cárcel
17 feb 2012, 00:37
#64 #64 idr dijo: #3 vale pero aqui se han saltado la parte de q te embargan el resto de tus propiedades hasta pagar aunq no esten puestas en el contrato por que aqui pasamos de las leyes del contrato a las del derecho civil, de modo quelo vas a pagar de todas formas y sino a la carcel. Todo esto lo se xq estoy en 2o año de derecho en la uni de navarraCierto solo que es tan sencillo como haberte desecho de tus propiedades antes (muy probablemente un coche, que es el caso de esas personas que pierden el hogar y tal, luego estan los que se compraron 14 pisos y ara se los comen, pero la trollsince esta va dedicada a los que viven como humanamente pueden) Y una vez en ese punto, si te quieren embargar de por vida, nunca te podran quitar mas de un bajo porcentaje de tu sueldo. Esa cantidad probablemente sea inferior a la cuota que tenias de hipoteca Y ese embargo no te meten todos los impuestos que meten los bancos :) jamas te daran un credito, pero si mas gente lo hiciera los bancos aprenderian la leccion.
17 feb 2012, 00:19
Coño, la banca no siempre gana!
17 feb 2012, 00:21
Es triste que tengamos que ingeniarnos planes para poder VIVIR EN NUESTRA PROPIA CASA...
17 feb 2012, 00:28
#17 #17 puntoygoma dijo: ¿Quien decia que la troll sciense no funcionaba? :troll:
:yaoming:se nota que usas troll emoticons porque en vez de poner : trollface: pusiste :troll:
17 feb 2012, 00:18
Y la letra pequeña?
17 feb 2012, 00:19
It's time to troll
17 feb 2012, 00:20
Le he preguntado a mi hermana que entiende de temas de estos y dice que puede pasar, que es legal siempre que la persona a la que se le alquila el contrato sea ajena a la familia
17 feb 2012, 00:59
Por que coño le buscáis la lógica a trollscience,si siempre tiene algún defecto
17 feb 2012, 01:35
#97 #97 Este comentario se ha eliminado ya que no cumplía con las normas de uso de la página.Lo que también es verdad es que tendrías que subir un poco el precio del alquiler... como 200€ mensuales, para que no se considerase fraude de ley xD
17 feb 2012, 00:17
No tengo ganas ni de intentarlo
17 feb 2012, 02:42
#74 #74 willtor dijo: #9
Pegas el contrato en la nevera con imanes :yaoming:xDDDDDDDDDDDDDDDD
17 feb 2012, 00:19
Trollscience como siempre, enseñándonos que nada es imposible
17 feb 2012, 00:19
A quien se le ocurren estas viñetas de trollsience?
17 feb 2012, 00:44
#64 #64 idr dijo: #3 vale pero aqui se han saltado la parte de q te embargan el resto de tus propiedades hasta pagar aunq no esten puestas en el contrato por que aqui pasamos de las leyes del contrato a las del derecho civil, de modo quelo vas a pagar de todas formas y sino a la carcel. Todo esto lo se xq estoy en 2o año de derecho en la uni de navarraEl tema es que hay que diferenciar entre propiedad y posesión. La propiedad es tuya, pero debes al Banco una suma de dinero que no puedes pagar, y con la dancion del bien no sirve (pues el bien, es decir, la casa, ha visto reducido su valor). Por lo tanto, te embargan la casa. Hasta aquí estoy de acuerdo contigo. Ahora bien, la LAU no va a permitir que ese contrato imposibilite al nuevo propietario (vease, Banco) disfrutar de su propiedad, por lo que ese contrato que tuvo el anterior arrendatario (es decir, el que ha alquilado por 1 €) se tendrá que mantener por un plazo (creo 5 años). Opinión personal: No se tendrá ni que esperar este plazo, pues al contrato le falta un elemento fundamental: La causa. Es una de las alegaciones que harán los Bancos en los juicios.
17 feb 2012, 19:43
#3 #3 thuelgar dijo: Lo curioso es que esto, aunque ligeramente incompleto, es cierto y legalPoco más que añadir a lo dicho por los usuarios de arriba, (aunque entiendo el humor de la viñeta) el que alquila y debe al banco estaría actuando dolosa o fraudulentamente y al acreedor (banco) le sería muy fácil demostrarlo y embargar la casa, en Roma se hacía entonces un embargo del tipo "missio bonorum" (por las malas).
Arriba esos juristas en potencia!
17 feb 2012, 00:32
Los contratos de alquiler son como maximo de 5 años ... pd: estoy con #9 #9 fanty95 dijo: ¡Donde coño están los imanes! :yuno:Donde coño estan los imanes! !
17 feb 2012, 00:19
Trollscience siempre te ayuda de algunos apuritos :troll:
17 feb 2012, 00:20
Que rápido han echo la viñeta, hace 1 semana recibí un e-mail con eso.
Felicidades, buena vieñeta
17 feb 2012, 00:21
Una trollscience! esta es la esencia verdadera de la pagina
17 feb 2012, 00:22
La idea no es del todo mala :notbad:
17 feb 2012, 00:28
Os equivocais todos incluso el que estudio derecho... anda que asi va españa.
No se pueden hacer alquileres por debajo del valor catastral del inmueble.... en fin trollscience quiza en un mundo paralelo fuencione.
17 feb 2012, 00:38
#67 #67 jsvs dijo: #3 esto no es posible...se llama contrato frudulento
es similar al alzamiento de bienes. con un abogado el banco demostraria el fraude y punto
creeis que si fuese realmente posible no lo haria todo el mundo??En serio crees que todo el mundo esta al corriente de esto?
17 feb 2012, 00:21
yo tengo muchos amigos, asi que lo haré infinitas veces
17 feb 2012, 00:21
si al menos tuviera alguien con quien vivir...
17 feb 2012, 00:22
Como broma para trollscience está bien.
Pero si alguien está pensando en hacerlo NO SIRVE. El banco denunciaría, el juez dictaminaría que ha habido "mala fe" y casa para el banco además de tener que pagar los costes del juicio.
No hagáis casos a emails en cadena y posts de facebook de este estilo que luego vienen las decepciones...
17 feb 2012, 00:17
Y ASI ESPAÑA SALIO DE LA CRISIS !!
17 feb 2012, 00:22
¿Esto va en serio? ¿El banco está obligado a mantener el contrato? Me parece demasiado bueno para ser verdad
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